
Durante la sesión de trabajo de la Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa, se acordó ayer reformar el artículo 332 del Código Penal, para aumentar las penas de uno a tres años de cárcel (en lugar de multas), a quienes realicen malversación de fondos públicos; y de tres a cinco años de prisión si la malversación causa provecho propio o de tercero.
La malversación consiste en utilizar los fondos públicos para un objetivo diferente al establecido en el presupuesto. Cabe recalcar, que la pena de tres a cinco años, se aplicaría cuando ese desvío de fondos es usado por el funcionario para obtener provecho propio o provecho de una tercera persona.
En tal sentido, el diputado del partido ARENA, Ricardo Velásquez, señalo que “Si tenemos un auténtico compromiso de combate a la corrupción, tenemos que empezar a ponernos mucho más estrictos en limitarle a cualquier funcionario público arbitrariedades, decisiones discrecionales que les permitan tomar un fondo que esté destinado a un rubro específico”.
En la misma línea, la diputada Jackeline Rivera, hizo mención que como partido FMLN “nos hubiera gustado tener informe de la Corte Suprema de Justicia, que nos pudiera dar de cuántos delitos de malversación se procesa. Nos hubiese gustado porque eso puede justificar de mayor forma el incremento de la pena”.
Por su parte, el diputado del grupo parlamentario de GANA, Lorenzo Rivas, añadió que “deben de respetarse y de buscarse algunas herramientas que aseguren que esos fondos bajo cualquier circunstancia puedan administrarse de la mejor manera y que son para el bien y el uso común”.
Lo que pretende realizar la reforma al artículo 332 del Código Penal:
- En lugar de multas, penas de 1 a 3 años: Con la reforma los diputados eliminan las penas de multa. En su lugar, establecen penas de prisión que van de 1 a 3 años de cárcel para el delito de malversación de fondos. Esta pena es excarcelable o sustituible por otros castigos.
- Si hay provecho, de 3 a 5 años de prisión: Cuando la malversación lleva un fin de provecho propio o de un tercero, las penas oscilarán tres a cinco años de prisión (rango no excarcelable). Actualmente este delito es castigado con penas entre 1 a 3 años.
- Inhabilitación del cargo: La legislación vigente solo contempla la inhabilitación del cargo cuando hay provecho propio o de un tercero. Con la reforma, se contempla la inhabilitación para el delito de malversación de fondos sin agravante.
Para los diputados con esta reforma lo que se busca es un mejor manejo de los fondos públicos.
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