Sala de lo Constitucional deja sin efecto la reciente reforma al fondo de pensiones

Nacionales miércoles 26 de julio 2017, 2:54 PM

En las ultimas horas, la Sala de lo Constitucional ha dejado sin efecto las recientes reformas aprobadas la semana pasada durante la plenaria de la Asamblea Legislativa, con respecto al fondo de pensiones que elevaba el techo del FOP del 45 al 50%.

En ese sentido, La resolución señala que permitir el incremento de 5% del máximo de la inversión obligatoria en CIP implicaría, en dicha práctica disminuir aún más las condiciones de las pensiones futuras de los cotizantes del Sistema de Ahorro para Pensiones.

Asimismo, dificultaría sustancialmente el aseguramiento para los jubilados de ingresos indispensables para satisfacer las necesidades básicas que exige la vida digna de los jubilados y de su grupo familiar.

Los fondos previsionales en títulos de baja rentabilidad, limita excesivamente el margen de inversión que las AFP pueden realizar con dichos fondos en títulos no obligatorios con mejores tasas de interés, todo lo cual se traducirá en una afectación a los derechos de los cotizantes del Sistema de Ahorro para Pensiones.

En tal sentido, Sala establece que, la afectación que produce tal reforma en los derechos fundamentales involucrados sí es intensa porque implica aumentar a niveles de riesgo el porcentaje de inversión obligatoria (de 45% a 50%). es decir, que el Ejecutivo con los 500 millones de dólares aprobados la semana pasada pretendía disponer para solventar el pago de pensiones de los jubilados hasta el final del 2017.

Por los motivos anteriores, la Sala menciona que la reforma recién aprobada, no producirá efecto jurídico constitucional alguno y como efecto las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán teniendo como límite máximo de la inversión obligatoria de los fondos de pensiones en certificados de inversión previsional, el 45 % establecido antes de la reforma invalidada por la resolución de la Sala.

Dicha resolución de cumplimiento de sentencia fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez Padilla, Belarmino Jaime, Sidney Blanco Reyes y Rodolfo González Bonilla. El presidente de la Sala, magistrado José Óscar Pineda Navas, formuló voto concurrente con la decisión del resto de magistrados.

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