
Las y los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron las reformas a la Ley de Ahorro para Pensiones, tras intensas reuniones entre los grupos parlamentarios que la conforman.
Las reformas fueron aprobadas por 74 votos a favor de los 84 diputados y diputadas que integran el congreso, durante la sesión plenaria del miércoles, que se amplió en horas de la madrugada de este jueves.
Dichas enmiendas a la Ley de Ahorro para Pensiones fueron avaladas por una Comisión Ad Hoc, que estudió diversas propuestas sobre el tema, y emitió el miércoles un Dictamen Favorable sobre el asunto, que fue sometido a votación por el Pleno Legislativo.
En el acuerdo, la Comisión Ad Hoc explicó que las enmiendas a la Ley de Pensiones están “orientadas a armonizar la legislación vigente con la evolución del Sistema Previsional”, con el propósito de “maximizar los derechos de los afiliados y sus beneficiarios para mejorar la cobertura de longevidad a los trabajadores, garantizando pensiones vitalicias y estables”.
Decreto aprobado
Los legisladores acordaron en un Decreto la devolución de las cotizaciones “a quienes hayan aportado” a una Cuenta de Garantía Solidaria, y ajustadas por la variación de Precios al Consumidor”.
La Cuenta de Garantía Solidaria es un fondo creado con el 5 % de las aportaciones de trabajadores y empleadores, que será destinado a los empleados tras su jubilación.
Además, la disminución en el cobro de comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP´s), de 2.20 % a 1.9 % del Ingreso Base de Cotización.
También la eliminación de comisiones por cuentas inactivas y de las cobradas por Pensiones Mínimas, así como la reducción de éstas por renta programada, de 1.5 % al 1 %.
En el Decreto, se establece un “limité a la Garantía del Estado con la Cuenta de Garantía Solidaria, únicamente para pensiones mínimas de afiliados”.
Se acuerdo también que trabajadores que hayan recibido la devolución de saldo de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones, “puedan cotizar voluntariamente al Régimen de Enfermedad, Maternidad y Riesgos Profesionales” del Seguro Social.
Las y los parlamentarios también decidieron que el ingreso base de cotización de los trabajadores, sea de 7.25 %, y de los empleadores, de 7.75 %.
Un 1.9 % del Ingreso Base de Cotización será destinado al pago del contrato del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y a la cancelación de una comisión a las AFP´s, “por la administración de las cuentas individuales de ahorro para pensiones”, según el Decreto.
Otro 2.0 % del Ingreso Base de Cotización será utilizado como “aporte para los beneficios de longevidad del afiliado, el cual se destinará a la Cuenta de Garantía Solidaria”, se señala en el documento.
Al respecto, se detalla en el Decreto que los afiliados que hayan aportado a la Cuenta de Garantía Solidaria, recibirán seguro por longevidad, por vejez, invalidez y sobrevivencia, pensiones de sobrevivencia o devolución de aportes.
Se indica que los trabajadores que accedan a pensiones por vejez, “trasladarán su cuenta individual de ahorro para pensiones, al Fondo Especial de Retiro, a la fecha en que inicie el goce del beneficio”.
No obstante, se detalla en el Decreto que esas disposiciones serán cumplidas “siempre que la pensión resultante no supere” un monto de $ 2000.00.
Con 74 votos a favor y 3 abstenciones se aprobó la reforma a Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones.
Con 74 votos a favor se aprueba la reforma al Sistema de Ahorro para Pensiones pic.twitter.com/lWxuCFtV7K
— Solo Noticias (@SoloNoticiasSV) September 28, 2017
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