
La Corte Suprema de Carolina del Norte, de Estados Unidos, está debatiendo si un inmigrante salvadoreño debe ser ejecutado por haber estrangulado y decapitado a su esposa.
Este pasado lunes se presentarán argumentos orales en el caso de Juan Carlos Rodríguez, un residente de Winston-Salem de 41 años de edad.
Rodríguez fue hallado culpable de matar a su esposa María en el año 2010. En Carolina del Norte, el máximo tribunal del país automáticamente revisa un caso si contiene la posibilidad de la pena de muerte.
Cabe mencionar, que la Corte Suprema de Carolina del Norte no ha aplicado la pena de muerte en más de una década, debido a una serie de escollos legales. Si bien el estado en promedio sufre entre 500 y 600 homicidios al año, la fiscalía ha pedido la pena capital en muy pocos casos y entre ésos, los jurados han accedido a una fracción.
Según argumento de los hechos, los hijos de Rodríguez dijeron a los detectives que su padre golpeó a María Rodríguez cuando ella les informó que se iba, en noviembre de 2010. El hombre cargó a la mujer ensangrentada, la colocó en su vehículo y dijo que la iba a llevar al hospital. El cuerpo decapitado y la cabeza de la mujer fueron hallados en distintos lugares tres semanas después, para cuando Juan ya estaba detenido por el secuestro.
Los jueces están realizando audiencias correspondientes al caso por segunda vez en casi un año. La audiencia del lunes tendrá lugar luego que hace poco la Corte Suprema de Estados Unidos instruyó a los estados de que usaran los estándares médicos más actualizados en el momento de determinar si un preso sufre de trastorno mental tan severo que no debe ser ejecutado.
La constitución estadounidense prohíbe “los castigos crueles e inusuales”, lo que se interpreta como una prohibición a ejecutar a personas con retraso mental.
Tras varios exámenes se determinó que el cociente intelectual de Rodríguez no alcanzaba los 70, el límite establecido para determinar si alguien tiene deficiencia mental.
Por otra parte en Carolina del Norte es obligatorio demostrar que el condenado a muerte no tiene la capacidad de llevar a cabo una vida normal y que su deficiencia mental era evidente antes de la adultez.
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