
Las y los diputados de las diferentes fracciones legislativas acordaron el día de ayer en una subcomisión de reformas electorales, el poder reformar la Ley de Partidos Políticos en lo relacionado con el financiamiento político, específicamente en revelar el nombre de los donantes de los partidos políticos.
De acuerdo con el dictamen favorable que salió de la subcomisión de reformas electorales, los cambios a la Ley de Partidos Políticos se harán a los artículos número 24-A y 26-C de la normativa.
Con esto, todos los partidos políticos estarán obligados a revelar el nombre de toda persona natural o jurídica que les done más de siete salarios mínimos del sector comercio en el año. Es decir que se conocerá el nombre de quienes aporten más de $2,100 en un año.
Para ello, los diputados decidieron que el literal del artículo 26-C quede de la siguiente manera: “Los partidos políticos tienen el deber de facilitar a la ciudadanía que lo solicite, mediante medios electrónicos o físicos, información sobre lo siguiente: a) Nombre de las personas naturales o jurídicas que realizan donaciones al partido político y el monto de los mismos, siempre que para el caso la suma de lo donado en un año sea mayor a siete salarios mínimos”.
En ese sentido, el jefe de fracción del PCN, el diputado Mario Ponce, mencionó que la reforma no incluye dar a conocer la dirección de los donantes por motivos de seguridad. “Solo se está obligando a poner nombre de la persona y la donación, no la dirección de la persona donante, porque eso puede repercutir en la seguridad personal. Se dará a conocer quienes den desde siete salarios mínimos”, expresó Ponce.
De acuerdo con el parlamentario, el dictamen se conocería en la sesión plenaria de hoy y puede haber un cambio con respecto a la cifra, porque ARENA estaría pidiendo que se dé a conocer a donantes a partir de tres salarios mínimos.
Los cambios que hacen los diputados a la Ley de Partidos son en respuesta a un conjunto de resoluciones de la Sala de lo Constitucional en el que ha venido expresando que se debe dar a conocer los nombres de los donantes. La primera sentencia de inconstitucionalidad por omisión la emitió en 2014.
Fallo de la Sala de lo Constitucional que los obligo a reformar la ley
Los magistrados declararon ilegal parte de la ley porque no regulaba para que los ciudadanos pudieran acceder a la información financiera de los partidos. Tras esto hubo una serie de sentencias de seguimiento, porque pese a que la Asamblea modificó la ley, puso condiciones al ciudadano antes de conocer la información de los donantes.
Entre esos obstáculos estaba que esta información se podría conocer solo si el donante autorizaba que se hiciera pública.
En el caso de las donaciones menores a los $2,100 al año, los partidos siempre deberán tener una contabilidad y compartirla cuando la ley así lo establezca.
En el caso del partido FMLN había solicitado que la información se diera a conocer si la donación era igual o mayor que $5,000 cuando se tratara de personas naturales, y a partir de los $20,000 cuando se tratara de personas jurídicas. La pieza que presentó el partido de gobierno la hizo en medio de críticas a los magistrados de la Sala de lo Constitucional. De acuerdo con la diputada Jackeline Rivera, estos funcionarios han mostrado contradicciones en sus sentencias.
Para aprobar los cambios a la Ley de Partidos Políticos se necesita que al menos 43 diputados den su voto. El FMLN, GANA y PCN logran ese número.
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