
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aclaró que tanto los candidatos a concejos municipales como diputados que hayan cambiado de partido después del 1 de octubre del 2014 no podrán participar en las elecciones municipales y legislativas del 2018.
Las Sala prohibió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) inscribir para el próximo evento electoral a aspirantes que hayan cambiado de partido después de la fecha estipulada en una resolución dada por los magistrados en ese año.
En la resolución los magistrados consideran que cuando un funcionario electo abandona el partido que lo llevó al cargo, estos están violentando los derechos del electorado y se constituye un fraude para quienes lo eligieron bajo esa bandera.
En cuanto al caso de los alcaldes o miembros del concejo municipal que hayan sido expulsados por sus partidos políticos, los magistrados aseguraron, la prohibición no se aplica, debido a que hay una salida forma involuntaria.
En la resolución la sala aclaro que los miembros de concejos municipales que hayan sidos expulsado no podrán inscribirse a otro partido, ni crear uno nuevo, ni declararse independientes, pues solo deberán considerarse “no partidarios”, tal es el caso del actual alcalde de San Salvador Nayib Bukele.
El dictamen de los magistrados se da luego que en julio de este año los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaran un dictamen, el cual habilitaba a los candidatos tránsfugas a competir en las elecciones del 2018.
[Texto de resolución] Aclaración sobre transfuguismo en concejos municipales https://t.co/cMJdF083fi
— Sala de lo Cnal. (@SalaCnalSV) December 19, 2017
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