Sala: “Órgano Ejecutivo nunca ha tenido facultades por limitar derechos fundamentales de las personas”

Nacionales martes 23 de junio 2020, 3:54 PM

La Sala de lo Constitucional aclaró esta tarde que el Órgano Ejecutivo nunca ha tenido facultades para limitar por sí mismo los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Las Sala agrega que la exigencia de una ley aprobada por la Asamblea Legislativa y sancionada por la Presidencia “es una premisa básica y fundamental que no puede soslayarse”. Por lo que la Sala no puede “devolver” una atribución que el Ejecutivo nunca ha tenido en la Constitución vigente.

En respuesta aclara que al Órgano Ejecutivo que no le ha quitado “todos los recursos legales” para controlar el avance de la COVID-19 ni lo ha convertido en un “administrador de hospitales o en un emisor de recomendaciones a la población”.

La Sala sostiene que con la declaratoria de inconstitucional lo que hizo fue “ejercer el control requerido por distintos ciudadanos al resolver sus demandas y declarar que tanto el Ejecutivo como el Legislativo violaron la Constitución de la República” al adoptar medidas que limitaban los derechos fundamentales sin que presentaran justificación suficiente.

Aseguró que la forma en que deben ser impuestas las restricciones a los derechos de las personas para proteger la vida y la salud de los salvadoreños frente a la pandemia “no es un tecnicismo o una mera formalidad” detalla que para aplicar medidas de control sanitario formuladas no deben ser solo eficaces sino también respetuosas del marco constitucional.

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